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Como se Vigila la Aplicacion |
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Escrito por Pedro Lopez
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Jueves, 16 de Abril de 2009 14:30 |
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Existirán dos formas básicas de vigilancias, siendo ambas muy efectivas.
1) Tan pronto como se haya acordado aplicarla a los niveles de expansión. El servicio de desarrollo y fomento pide al servicio responsable que éste le certifique por escrito y de la información sobre el seguimiento por las distintas vías de información, para la puesta en marcha y la fecha de ésta.
2) Si la aplicación no puede ser inmediata, el servicio responsable debe obligarse por escrito a señalar un plazo determinado.
Se le pregunta de nuevo al vencimiento de dicho plazo; y debe entonces suministrar el certificado de la fecha de su puesta en marcha.
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